RAMÓN LLANES

BLOG DE ARTE Y LITERATURA

viernes, 11 de enero de 2019

DERECHOS INNEGOCIABLES


Así, se me quemaron las manos buscando en mi cajón de derechos, aquellos que han organizado mi vida de manera próxima y profunda; vida cierta, sin versatilidades ni extrañezas; vida con un sobresalto de última hora que me intenta limar derechos de la máxima madurez.

         Ordeno los derechos con la jerarquía de su grandeza, les asigno el etiquetado de importancia y les pronuncio el respeto con todas las mayúsculas; a nadie es permitido -ni por evolución, inercia o mandato- destruir o desbrozar los derechos innegociables que son el eje central de las causas y el bienestar del ser humano. La vida exige una ilimitada protección, desde los poderes públicos y desde la sociedad. La restricción en los medios que sirven para el cuidado de la vida, -díganse prevenciones, diagnósticos, atenciones médicas, atenciones quirúrgicas, medicación etc- supone una merma con respecto al deber de protección debido. El derecho a la vida, a la seguridad a la vida que cada cual tenemos inscrito, en todos los términos de despliegue de dispositivos que incidan en su garantía, en todos los conceptos que sean adecuados para conseguirlo, es un indeleble deber imposible de eludir en democracia para quienes ostentan, -por propia voluntad y por sufragio universal- el deber de su protección.

          El cuidado de la vida desde su inicio, a todos los ciudadanos, en todos los momentos, tiene que constituir un principio inalienable para que su dedicación desprenda objetivos cumplidos de mejora de la calidad de la vida física de cada individuo. El derecho a la vida no entra en estas escalas a los efectos de competir, es el derecho por excelencia.

         Esta opción ha dejado de entenderse en los últimos tiempos y emanan desde los poderes públicos actitudes de conspiración contra quienes ejercen el servicio al cuidado de la vida y contra los elementos materiales que les son complementarios e imprescindibles para tal servicio, con sobredosis de deslealtad y vulneración a los principios constitucionalmente consagrados. No puedo dar a ello mi consentimiento y elevo a la instancia mayor su mayor respeto y su inmediata rectificación.

 

 

     

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